miércoles, 31 de mayo de 2017

¿El por qué de los procesos restaurativos en delitos graves?



Esta imagen es propiedad de Virginia Domingo de la Fuente.Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa

Cuando comento de las posibilidades de la Justicia Restaurativa en delitos graves y cómo en estos casos el infractor no tiene beneficios jurídicos, al menos no a priori, muchos me preguntan  ¿y que obtiene el infractor de un delito muy grave y que esté en prisión por el hecho de participar en un proceso restaurativo?
Las personas que me preguntan esto, suele ser porque no comprenden que los procesos restaurativos (aunque utilicemos la mediación penal), no son como una mediación en otros ámbitos, no se trata de que ambas partes, víctima e infractor obtengan beneficios ni se parte de que ambas tienen que ceder para ganar un poco. En un proceso restaurativo, no nos podemos olvidar que hay una persona que ha sufrido un delito y no se tiene que conformar con menos de lo que necesite y hay un infractor que ha cometido un delito, no son dos partes en igualdad de condiciones. Pero aún así, los beneficios por participar en  un proceso restaurativo tanto para la víctima como para el infractor, son morales y psicológicos y en la mayoría de las ocasiones, los beneficios materiales quedan en un segundo plano
Por eso, el infractor lo que obtiene participando en la justicia restaurativa, es un mayor sentido de madurez y responsabilidad, un sentimiento de que aunque causó un daño, se le va a dar la oportunidad de hacer las cosas bien, de reparar el daño, y esto se verá por el delincuente no como una obligación impuesta por un tercero sino como una prestación socialmente constructiva. El infractor obtiene la confianza y la seguridad de que si quiere cambiar, va a ser apoyado, y que no puede cambiar el pasado pero sin transformar el futuro. La Justicia Restaurativa es una puerta abierta al futuro en el que podemos decirle que ya no tendrá sentido la etiqueta de delincuente sin posibilidad de reinserción. La participación en procesos restaurativos,  es sin duda un complemento en el tratamiento que el infractor pueda recibir dentro de la prisión que le puede ayudar a que su decisión de vivir respetando las normas, sea más firme y sobre todo a que lo haga por los motivos adecuados, no por temor al castigo o a volver a prisión sino porque se ha dado cuenta del impacto que su acción causó en otro ser humano. Esto es la esencia de la justicia restaurativa que puede transformar las vidas del infractor y de la víctima, que de un hecho traumático como es el delito, se pueda conseguir personas "nuevas". 

Además estaremos dando participación a la víctima en el tratamiento del victimario, este sentido de inclusión y participación hará que la víctima, sienta que es respetada, que importa  y que la Justicia la tiene en cuenta. Muchos opinan que es peligroso, y es que piensan que las víctimas son muy punitivas, la experiencia nos dice que son mucho menos punitivas que los que nunca lo hemos sido, pero en todo caso, esto sería una opción más dentro del proceso penal y penitenciario, un derecho más.

No hay comentarios:

Publicar un comentario