miércoles, 22 de marzo de 2017

Algunos indicadores de que estamos siendo restaurativos en el ámbito penal

Es cierto, que en ocasiones nos preocupamos mucho por la teoría, somos demasiado teóricos y nos olvidamos de la realidad de la justicia restaurativa, y no es otra que es una justicia que surgió de la comunidad y por eso, tenemos que centrarnos en la práctica. Pero para que la práctica sea la adecuada, debemos tener en consideración unos criterios, que nos van a servir para saber si vamos por un camino restaurativo. 
Algunos indicios que nos indicarán si somos restaurativos, en el ámbito penal,  son los siguientes:
Se debe ofrecer una oportunidad para el encuentro. Desgraciadamente no siempre el encuentro víctima, infractor y comunidad será posible, entonces buscaremos fórmulas alternativas que no serán totalmente restaurativas pero si al menos parcialmente, de hecho, estamos acostumbrados en España porque la mediación penal es una herramienta de la Justicia Restaurativa pero solo parcialmente restaurativa.
Se debe poner énfasis en la reparación del daño. Algunos daños no podrán ser reparados pero pueden hacerse cosas para que si bien no se repara el daño, se puede aminorar o bien proporcionar una satisfacción moral, como por ejemplo: las disculpas, acciones que hagan ver a la víctima que será difícil que se vuelva a cometer un nuevo delito...También se debe valorar el daño que se ocasiona a la comunidad y en ocasiones al infractor ( para repararle el daño deberemos darle la oportunidad de hacer lo correcto, sin etiquetarlo de por vida como delincuente)

Se debe tener como objetivo primordial reintegrar a la víctima y al infractor. Víctima e infractor necesitaran ayuda en su esfuerzo por reintegrarse de nuevo en la sociedad como un miembro más. El infractor necesitará ayuda para cambiar su comportamiento, y aceptar que la reparación es una prestación socialmente constructiva. La víctima necesitará asistencia para recuperarse del delito.

Se debe posibilitar la inclusión de la víctima y del infractor en todos los procesos restaurativos. Esta característica está muy relacionada con la primera del encuentro, pero va más allá, víctima e infractor, pero sobre todo víctima necesita recuperar el control de su vida, ser informada y tener voz durante todo el proceso y esto lo favorecen los procesos de justicia restaurativa.Por otro lado, aunque la víctima no quiera participar en un proceso restaurativo se la pueden ofrecer otros cauces como por ejemplo estar representada por un tercero. Se pueden buscar alternativas como encuentros indirectos, a través de cartas…y lo mismo pasaría si el infractor no quiere tomar parte en un proceso de estas características.

No hay comentarios:

Publicar un comentario