miércoles, 30 de septiembre de 2015

Algunos indicadores de la justicia restaurativa

Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías especificas y que es un conjunto de principios y valores que deben informar la justicia actual para hacerla más humana e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

Compromiso
Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, delincuente) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:
• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:
•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad
• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

martes, 29 de septiembre de 2015

Es importante no perder la noción de justicia para la Justicia Restaurativa

Es importante no perder la dimensión de la justicia en los enfoques restaurativos, más que cambiar la justicia lo que se trata como decía Howard Zehr es de mirarla a través de un lente diferente, que nos haga centrarnos en los seres humanos que se ven afectados por el delito y como el daño que surge desquebraja las relaciones entre los miembros de la comunidad.Basándome en Freire y Buber, deberíamos comprender la justicia en torno a lo que significa ser humano: "aquella en la que la justicia se identifica como honrar el valor inherente de todos y promulgada a través de las relaciones." Estos dos términos juntos - honor y relaciones - proporcionar una aguja dentro de la brújula para guiar a los defensores de justicia restaurativa y los profesionales.Analizando la caracterización de la justicia penal incluida en El pequeño libro de la Justicia Restaurativa, de Howard Zehr, se observa que lo que está en juego son estos dos conceptosEl sistema de justicia tiende a convertir a los que han provocado daños en objetos sobre los que se actúa. Como se omite a los que han sido dañados se supone que no tienen necesidades importantes. La justicia restaurativa, por otra parte, reconoce que el daño está hecho por seres humanos y dirigido a los seres humanos.La injusticia se produce cuando las personas se convierten en objetos a través de las relaciones. Justicia se produce cuando las personas son honradas a través de relaciones.(Vaandering)

lunes, 28 de septiembre de 2015

¿Cómo acercar la verdadera Justicia Restaurativa a las víctimas?

Cuando empecé a estudiar, investigar y poner en práctica la justicia restaurativa, mi mayor temor era como trasladar a las víctimas, que esto es algo bueno para ellas. En un mundo centrado exclusivamente en el infractor, no es tarea fácil cambiar el chic radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, en las víctimas para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. Sin embargo, mi temor fue desapareciendo cuando aprendí que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es abordar estos sentimientos negativos que tienen las víctimas para ir transformandolos en otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado.

sábado, 26 de septiembre de 2015

Menos conceptos y más centrarnos en los beneficios de la Justicia Restaurativa para los afectados por el delito

Creo que nos obsesionamos con frecuencia por los conceptos y los nombres. Me explico, si la Justicia Restaurativa está por y para las víctimas, está claro que si preguntamos a cada una de ellas, qué creen que es esta Justicia, estoy completamente segura que cada una definirá la Justicia Restaurativa de muy distinta forma, porque cada víctima debe encontrar el camino hacia esta justicia. Todas las personas que han sufrido un delito y han participado en un proceso restaurativo coincidirán en los beneficios que ha supuesto esta justicia, pero para cada una de ellas el proceso en sí mismo, habrá supuesto distintas cosas, para alguna de ellas con el simple diálogo habrá sido suficiente, otras darán importancia a que han podido obtener respuestas a sus muchas preguntas, otras coincidirán en que el perdón, las ha supuesto un punto de inflexión...y así cada víctima, y cada persona que es diferente una de la otra, pondrá énfasis en lo que más las ha ayudado esta justicia.

viernes, 25 de septiembre de 2015

Justicia Restaurativa y transformadora: ¿son lo mismo?

¿Es la justicia restaurativa suficientemente transformadora? En caso afirma? el término es "transformador" en lugar de la justicia "restauradora"? ¿Son diferentes fenómenos o son lo mismo?Para algunos la justicia restaurativa puede ser demasiado conservadora, tratando de reparar algo que es inalcanzable, indeseable o nunca existió. Al igual que el sistema de justicia penal, puede centrarse demasiado en poner una cura en las relaciones interpersonales, descuidando las causas subyacentes, tales como las injusticias estructurales.Otros han argumentado que la justicia restaurativa en efecto, trata de transformar las relaciones no saludables y no allana el camino para una transformación social más amplia. Kay Harris describe cuatro perspectivas diferentes sobre el debate si justicia restaurativa y transformadora son lo mismo:

jueves, 24 de septiembre de 2015

El aspecto emocional de los delitos y la Justicia Restaurativa


La Justicia Restaurativa y Justicia Retributiva tienen el mismo objetivo: reequilibrar las consecuencias del delito; la diferencia radica en cómo lo quieren conseguir. Para la Justicia Retributiva causar dolor intencionadamente es imprescindible para armonizar la conducta ilícita y censurarla. La Justicia Restaurativa busca el equilibrio dando un papel activo al infractor y a la víctima, actuando de forma constructiva no respecto al hecho pasado delictivo sino mirando al futuro sin delitos
La Justicia Restaurativa son procesos basados en las necesidades, y éstas surgen porque se produce un daño, también son procesos basados en las relaciones, todos estamos interconectados, nuestro cerebro está conectado a otras personas (ver neurociencia y justicia restaurativa). Y por esta interconexión necesitamos asumir responsabilidades, sabemos nuestros derechos pero debemos empezar a pensar que todo derecho lleva a aparejado ciertas responsabilidades. Como seres humanos que somos nuestras acciones no son racionales, son una mezcla de emociones, intuición y lógica. 

miércoles, 23 de septiembre de 2015

La Justicia Restaurativa saca a la luz a otros afectados por el delito

Cuando imparto cursos de justicia restaurativa, o realizo procesos restaurativos suelo empezar hablando sobre los procesos de justicia penal y como todo es gestionado por profesionales en el que se echa en falta a alguien, las víctimas. Muchas veces cuando hablamos de la delincuencia y la justicia, las víctimas no están en la discusión sobre qué pena es apropiada por haber violado la norma. Sin embargo, la víctima directa de cualquier crimen es sólo la primera de muchas personas perjudicadas por el crimen, pero están ocultas en nuestras discusiones de la justicia.Pensemos por ejemplo en un asesinato de un chico a manos de otro chico. Mientras que es normal que nuestra preocupación se centre en la pérdida de los padres de la víctima, nos suele pasar por alto, la pérdida a la que los padres de los delincuentes se enfrentan al ver como sus hijos - ya sean menores o adultos - cometen delitos. 

martes, 22 de septiembre de 2015

Algunas reflexiones sobre las víctimas y sus necesidades tras sufrir el delito

Nunca es suficiente con castigar a los autores del delito, siempre hay que llegar al mismo tiempo a ayudar a las víctimas y estar con ellos en sus momentos de mayor vulnerabilidad y necesidad para que puedan sacar fuerza de nuestra solidaridad, tanto en el aspecto práctico como emocional. Dicho esto así, puede sonar muy bonito pero poco práctico, por eso nos hemos empeñado una y otra vez en pensar que las víctimas lo único que desean es que el infractor sea castigado duramente, pensar así es mucho más fácil, pero sin duda, lo que produce es que todo se centre en un tira y afloja entre el infractor y el estado, en el que la víctima se halla en el medio pero como un instrumento para conseguir que el estado se salga con la suya y pueda castigar al infractor. Hacemos de la víctima un "cebo" para "dar su merecido" al infractor pero nos olvidamos que más allá de si el infractor es culpable o no, existe una persona que ha sufrido un daño y que necesita que la escuchen, la comprendan y la informen de todo lo que está pasando.Las víctimas suelen ser unánimes en su opinión de que la expectativa más importante que tienen de los profesionales judiciales, es la de ser tratadas con respeto. Su expectativa se manifiesta sobre todo en el deseo de sentir confianza con la información sobre el delito, el delincuente y acerca de las opciones que el tribunal considera para dar respuesta a su caso. 

lunes, 21 de septiembre de 2015

La Justicia Restaurativa se ocupa de los daños causados a la víctima y a la comunidad pero también de los del infractor

En estos momentos la Justicia Restaurativa es la palabra comodín, para hablar de justicia. Muchos deben considerar que queda bonito, hablar de esta Justicia aún sin especificar qué es o en qué consiste.
Esto puede llevar a muchas personas a pensar que esta justicia está concebida por y para el infractor. En este caso, y de esta forma, corremos el riesgo de que los ciudadanos vuelvan a pensar que esta Justicia Restaurativa surge para ser “blandos” con los infractores, lo que sin duda, perjudicaría la aceptación de esta justicia, que ya es una realidad en muchos lugares.Y entonces ¿qué es la justicia restaurativa?Un único concepto puede resultar complicado, ya que cada pueblo y cada cultura la ha expresado de una manera diferente. Sin embargo, siempre podemos hablar de unos principios, valores y pilares sobre los que basar la labor restaurativa y que nos indicaran, en qué medida estamos siendo totalmente o solo parcialmente restaurativos.
En primer lugar, habría que matizar que esta Justicia surgió por las víctimas y como una forma de superar el olvido que el sistema penal tradicional ha hecho de forma sistemática de las protagonistas, de la parte esencial en el delito: la que sufre el daño. Nadie mejor que las víctimas para saber qué necesitan y como desean ser reparadas. Aunque esta tradicional discusión de si la Justicia Restaurativa se centra en las víctimas o en los infractores se puede quedar aparcada si nos centramos en los pilares esenciales: daño y necesidades, obligaciones y participación

sábado, 19 de septiembre de 2015

Disponible mi ponencia "Análisis de la mediación y la Justicia Restaurativa como derecho de las víctimas"

El pasado mes de mayo tuve el gran placer de participar en el curso para fiscales en el centro de estudios jurídicos, "la posición de la víctima y su incidencia en el proceso penal. Novedades legislativas", gracias  la directora del curso doña Marta Valcarce que quiso contar con mi opinión sobre la Justicia Restaurativa y el estatuto de la víctima y a don Manuel Martín-Granizo, que siempre me ha apoyado, ofrecí la conferencia titulada "Análisis de la mediación y la Justicia Restaurativa como derecho de las víctimas".
Ahora ya podéis leer esta ponencia siguiendo este enlace:

Una vez entréis ahí, poned el título de la ponencia en el buscador y podéis leerla...estaré encantada de que me deis vuestra opinión.

viernes, 18 de septiembre de 2015

Algo de Criminología y Justicia Restaurativa

La Criminología es la  "Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado."Me gusta esta definición de Criminología de Antonio García-Pablos de Molina porque relaciona al crimen y al delincuente pero no se olvida de la víctima, por eso la criminología me parece una disciplina excelente de la que partir para estudiar o profundizar en la Justicia Restaurativa. Esto se puede hacer desde muchas perspectivas como la criminología clínica, el tratamiento del delincuente que no olvida a la víctima pero hoy voy a recordar algo que leí hace tiempo que creo que esta muy relacionado con el sentir de las víctimas directas e indirectas, tras sufrir el delito y como la Justicia Restaurativa permite abordar estos sentimientos de una manera más eficaz, se trata de la Criminología del yo.
La criminología Del yo '(Garland 2001), considera que las personas que cometen delitos son como la gente normal. La persona que ofende es uno de nosotros, alguien que, por circunstancias, ha terminado en una posición que le llevó a actuar de forma ilegal y perjudicar a otros. Podría haberle pasado a cualquier ciudadano. Pero la criminología del yo puede "normalizar" al criminal de dos maneras diferentes. 

jueves, 17 de septiembre de 2015

Decálogo sobre Justicia Restaurativa


1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.
2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado
3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz
4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito
5. La Justicia Restaurativa se centra en la reparación a la víctima directa e indirecta del delito, porque se preocupa por el daño moral, material y emocional que se la ha ocasionado
6. Alienta a los infractores para que comprendan, acepten su responsabilidad y cumplan con su obligación de reparación del daño, así aprenderán que esta reparación es una prestación socialmente constructiva

miércoles, 16 de septiembre de 2015

Debemos respetar la flexibilidad de la Justicia Restaurativa

Con la entrada de mi blog,  hoy quiero recordar algunos aspectos de la Justicia Restaurativa que creo son importantes y que estamos empezando a olvidar, nuestro gran problema es que muchos han llegado a la Justicia Restaurativa, después de conocer la mediación, esto hace que no encuentren sentido a esta Justicia sino introduciéndola, una y otra vez como excusa para hablar de mediación en el ámbito penal. Así proliferan jornadas- cursos que bajo el nombre de la Justicia Restaurativa, se descubre que el objetivo central no es esta justicia sino la mediación en el ámbito penal. Y si se viera esta mediación penal como una herramienta restaurativa, es decir supeditada a la Justicia Restaurativa sería teóricamente correcto, digo de forma teórica, porque hablan de una mediación penal que siga los principios de la Justicia Restaurativa como si fuera posible otra mediación penal que fuera por otros caminos ajenos a esta Justicia Restaurativa. Otras veces veo charlas que hablan de círculos restaurativos, otra metodología de la Justicia restaurativa y su aplicación práctica para mediadores, lo cual me espanta todavía más como si una práctica restaurativa pudiera estar destinada a ayudar al mediador en su trabajo de mediación, quizá debería empezar a pensarse que el mediador debe dejar de ser mediador y podrá ser facilitador de un circulo restaurativo, entonces esta charla tendría sentido, si la hubieran denominado la figura del facilitador en los círculos o como ser un facilitador restaurativo,  pero no entiendo por qué siempre existe el interés de juntar justicia restaurativa o alguna metodología con la mediación como si tuvieran que ir unidas.

martes, 15 de septiembre de 2015

Justicia Restaurativa: una justicia más justa

“Vivieron felices y comieron perdices”, este final típico de los cuentos de hadas, príncipes y princesas es lo que nos gustaría para nuestra vida real. Y es que solemos pensar que a las personas buenas, no les va a pasar nada malo. Sin embargo, es ley de vida que también sufran los buenos y por eso, cuando conocemos que un delito se ha cometido, nuestro “mundo ideal”, se quiebra aunque no seamos las víctimas directas.
Todos los miembros de la comunidad, como seres humanos que somos, al saber que se ha cometido un delito, perdemos parte de nuestro sentimiento de seguridad, por nuestra mente pasan pensamientos como “si esto le ha ocurrido a esta persona, también me puede pasar a mí”, “¿y si mi vecino o algún conocido es un delincuente y yo no lo sé?”. Esta situación hace que nos replanteemos nuestra concepción del mundo y de las personas que nos rodean, quizá no vivimos en un entorno tan idílico como pensábamos. Además junto a esta pérdida de seguridad, sentimos desconfianza en la gente que nos rodea, y es que ¿cómo confiar en los demás, si alguno de ellos puede ser un delincuente peligroso en potencia?

lunes, 14 de septiembre de 2015

¿Qué implican los procesos restaurativos?

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad
Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas y a la sociedad. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el delincuente conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado fue como consecuencia de un delito y que no es que simplemente pasará.

viernes, 11 de septiembre de 2015

Algunas necesidades de las personas cuando se convierten en víctimas

Ayer estuve preguntándome, si la actual Justicia satisface las necesidades de las víctimas, y claramente esto no suele suceder, quizá es porque los profesionales de la justicia piensan que las víctimas necesitan ciertas cosas, que no se corresponden con la realidad, me explico las víctimas tienen unas necesidades que algunas veces igual no sabemos ver, por eso me ocuparé de algunas de éstas. Howard Zehr, el “padre de la Justicia Restaurativa” así lo ha establecido, añadiendo además que cuando se trata con victimas a veces no se encuentran las palabras, sin embargo, la mayoría de ellas pasan por una serie de etapas desde que sufren el delito. Según Howard pueden llamarse “viaje” porque dependiendo de las personas, para unas victimas cada etapa o viaje será mas largo o mas corto.Estas etapas serían:
Viaje al entendimiento
Viaje al honor
Viaje reivindicativo
Viaje hacia la justicia

jueves, 10 de septiembre de 2015

¿Satisface la actual justicia las necesidades de las víctimas?

Veamos la idea de la actual justicia punitiva o retributiva trata acerca de infligir al infractor un castigo adecuado, un daño similar y proporcional al que causó ¿Alguien tiene una formula matemática para medir  el dolor? Realmente creo que este sistema es arbitrario porque ¿cómo se cuantifica cuantos días, meses o años  son un castigo justo y equitativo para los delitos? Y yendo un poco más allá, y como ejemplo, imaginemos un padre que mata a sus dos hijos, solo matándolo dos veces podríamos equiparar un poco las dos vidas inocentes sesgadas por la mano de su progenitor. Por eso hablar de justicia retributiva se torna una contradicción porque se me antoja imposible encontrar una fórmula justa entre pena y delito, entre dolor que se infrinja al delincuente y el dolor causado por el delito a las victimas y sus allegados.Además erróneamente se ha hecho creer a las victimas que el castigo compensará el daño causado y que va a recuperar su vida solo con ese acto pero la realidad demuestra que la mayoría no sienten que se ha hecho justicia ¿por qué?

miércoles, 9 de septiembre de 2015

La Fiscalía cree necesario los Servicios de Mediación Penal: ¿noticia buena o regular?

Las noticias de hoy son bien interesantes con respecto a la Fiscalía, llevan años apoyando nuestro Servicio de Justicia Restaurativa pero por fin, parece que han visto la necesidad real de fomentarlos de forma oficial. Así se deduce de noticias que dicen: La Fiscalía también considera necesario implantar el mecanismo de la mediación penal para la solución de determinados conflictos.Sin embargo no todo puede ser bueno ya que lo que dicen: "la mediación penal para determinados conflictos" me lleva a pensar que solo parecen ver una posible herramienta de la justicia restaurativa: la mediación penal y solo para delitos muy leves porque sino no entiendo que hablen de conflictos, si acaso podrían haber hablado de conflictos penales. Que solo apuesten por la mediación penal como única herramienta para aplicar la justicia restaurativa, nos deja poco margen para actuar y limita mucho las posibilidades de la Justicia Restaurativa pero bueno no es tan grave. Sin embargo, lo que me preocupa que quieran limitar la mediación penal a delitos muy leves, ya que primero, si en delitos leves puede ayudar a las personas, en delitos más graves puede llegar a ser de gran utilidad y muy beneficiosa para algunas víctimas, si se permitió en su día en delitos terrorismos ¿por qué prohibirlo para otras víctimas?. También me pregunto si una víctima de un delito grave quiere participar en un proceso restaurativo de mediación penal, ¿que la van a decir?:  lo lamentamos pero ha sufrido un daño demasiado grave como para poder tomar parte en un proceso de estas características. ¿Acaso esto no es decidir por las víctimas? 

martes, 8 de septiembre de 2015

Justicia y Hacer Justicia

Con frecuencia oímos a las víctimas decir que lo único que quieren es que se haga justicia. Pero lo más difícil es concretar y entender qué se quieren expresar con querer justicia. La justicia nació por la necesidad de mantener la armonía entre los miembros de la sociedad. Según Ulpiano es la “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”Esta definición de justicia está muy relacionada con la Justicia Restaurativa, por cuanto habla de cierta individualización y cercanía, parte de la premisa que la Justicia debe tener en cuenta al ser humano y sus circunstancias. Por eso, más que Justicia igual para todos, la justicia debería comportarse de forma que pueda satisfacer las necesidades de cada víctima y tener en cuenta las circunstancias personales y sociales de cada infractor. Más que igual debe abordar cada delito como un caso único y tener en cuenta que afecta a seres humanos y no simples números de expedientes, y por eso mismo, cada persona es diferente de la otra y sus necesidades serán también distintas.

lunes, 7 de septiembre de 2015

Dotando de un enfoque restaurativo a los mecanismos legales existentes

Las sentencias de conformidad, en España, suponen un reconocimiento de los hechos por el acusado, su compromiso de no recurrir y cumplir la pena. Se pactan entre el abogado del acusado y el fiscal. Si pensamos en términos de dinero y tiempo, estas sentencias desatascan los juzgados y ahorran tiempo y dinero, los acusados reconocen su culpabilidad sin celebrarse el juicio y la sentencia firme se consigue en  un solo día, sin desplazamiento de testigos, peritos...Esto parece muy beneficioso, sobre todo para el sistema, ya que la norma vulnerada se reafirma como buena y válida tras el reconocimiento de los hechos por el infractor, el estado recibe su reparación, al imponer un castigo al culpable, y de una forma más ágil. Pero y la ¿víctima? Hasta ahora nada se ha dicho de la víctima, ni tan siquiera se la pregunta ,en la mayoría de las ocasiones, qué opina acerca de esta conformidad. Una vez más, el estado se apropia de la condición de  víctima en detrimento de la  verdadera persona que sufrió el delito. Es en estos casos, donde se ve claramente la dimensión retributiva del delito: parte de emociones, ser víctima conlleva sentimientos de ira, indignación, humillación y el estado canaliza estos sentimientos para evitar que afloren y se conviertan en venganza, lo que atentaría contra la vida social. Sin embargo, la respuesta de las autoridades, como se ve en el ejemplo con el que he empezado, ha eliminado la dimensión humana y emocional del crimen.  La justicia se reduce a procedimientos iguales para todos y llenos de burocracia, centrándose en la dimensión pública de la delincuencia. Por eso, los profesionales de la justicia pueden sentir que se ha hecho justicia, pero los realmente afectados: las victimas , quedan frustradas y con sentimientos de injusticia.

viernes, 4 de septiembre de 2015

La Justicia Restaurativa se presenta como una Justicia más cercana al ciudadano

Con mucha frecuencia los que nos movemos en el “mundo” de los juzgados, nos olvidamos de la realidad y es que los Tribunales son utilizados por el ciudadano, son las personas “normales” las que acuden a los juzgados pensando en que se va a solucionar su problema.Sin embargo, una vez que entran en la “maquinaria” judicial, los que menos van a saber sobre  la evolución de su caso son ellos, los más interesados.Esto se ve claramente en el ámbito penal, donde desde el instante en que una víctima denuncia, todo se va a gestionar por profesionales. Desde ese momento, cualquier persona ajena al crimen, se va a ver en la “obligación” de decidir qué es lo mejor y lo más conveniente para la persona que ha sufrido un delito. Los profesionales saben de leyes y cómo conseguir el mejor resultado legalmente hablando para su cliente, sin embargo, habitualmente lo que desde el punto de vista jurídico, puede ser más conveniente o más satisfactorio para las víctimas, no suele serlo desde una perspectiva emocional y humana o al menos las prioridades suelen ser diferentes.Y aunque abogados, jueces, psicólogos…se crean que ellos saben lo que las víctimas necesitan, (como decía ayer)  no podemos “silenciarlas”, ni tratarlas como incapaces, necesitadas de constante tutela y eso es lo que hace la justicia penal tradicional. Es la persona que sufre el delito la que menos va a ser escuchada, y no va a tener ni voz ni voto, curiosamente en un hecho que la ha afectado tan directamente como es el delito.

jueves, 3 de septiembre de 2015

El objetivo de la Justicia Restaurativa no es perdonar ¡aunque muchos se empeñen!

El otro día comentaba que nadie mejor que las víctimas para saber qué quieren o necesitan después de haber sufrido un delito. Sin embargo, una y otra vez expertos se afanan en valorar las necesidades de las víctimas y como si de incapaces se trataran, se creen con el derecho a decidir que sería conveniente para ellas y qué no. Y por supuesto dentro de lo que puede ser "bueno" para las víctimas, no entra la Justicia Restaurativa, así he visto una entrevista a una psicóloga que decía lo siguiente: "La justicia restaurativa tiene mucho sentido en algunos casos, pero no tengo tan claro que lo tenga siempre. Las víctimas ni se plantean la posibilidad de perdonar", por supuesto que esta afirmación, me hace ver con claridad que no tiene ni idea de qué es la Justicia Restaurativa porque la asocia al perdón, y es que se ha extendido de forma alarmante, la idea de que el objetivo de la Justicia Restaurativa es perdonar y esto no es así, normal que pensando de esta forma, que  no vea claro la Justicia Restaurativa. El perdón y la reconciliación no son realmente fines u objetivos de la Justicia Restaurativa, pero sí pueden propiciarse a través de los procesos restaurativos. Erróneamente suele asociarse el hecho de perdonar con olvidar el mal que te han hecho, lo cual supondría quitar responsabilidad al infractor. Perdón no supone olvido, ni tan siquiera como dice la Biblia “poner la otra mejilla”. Implica que los infractores se dejen perdonar pero porque han reconocido el daño que causaron, no porque se haya justificado su acción delictiva, se haya minimizado o se haya excusado el daño.

miércoles, 2 de septiembre de 2015

En Justicia Restaurativa debemos evitar la neutralidad del lenguaje de la mediación

Ayer hablaba cómo algunos definen la mediación penal como un proceso en el que víctima en infractor resuelven el conflicto. Sin duda, esto llama la atención por su forma de minimizar el delito, para las víctimas que estén leyendo estas noticias puede surgir una duda, al usarse este lenguaje neutral y es si la Justicia Restaurativa y sus herramientas, lo que hacen es no dar importancia al delito que han sufrido y con ello al impacto que este delito ha tenido en sus vidas y en las personas de su entorno: los daños. Es más, yo diría que hasta para el infractor es conveniente hablar de delito, porque este hecho delictivo también genera daños en ellos y el más importante es que son estigmatizados como delincuentes en muchas ocasiones, sin posibilidad de reinserción. Cuando las personas hablan de conflicto y no delito, sin duda, debe ser porque su mentalidad de mediador no les deja ir un poco más allá y piensan que la mediación penal es una mediación como cualquier otra. 

martes, 1 de septiembre de 2015

Mediación, mediación penal y justicia restaurativa, son todos conceptos diferentes

Me gusta que salgan noticias positivas en los medios de comunicación sobre diferentes herramientas o métodos de justicia restaurativa y sus buenos resultados, pero aprecio en muchas de estas noticias que no se sabe qué es o para que sirven estas herramientas. No puede ser que comenten en la noticia "dos de cada tres casos terminaron en acuerdo sin llegar a juicio" o "es un servicio con la intención de que el infractor y la víctima resuelvan un conflicto"Todas estas noticias hacen muy poco por la Justicia Restaurativa que pronto estará presente en el Estatuto de la Víctima.
Está claro que hay determinados delitos menores que si se solucionan a través de un proceso de justicia restaurativa (mediación penal, conferencias, círculos o cualesquiera otros) que no de mediación, y en aras al principio de oportunidad, podrían archivarse  y como dice la reforma del código penal conceder la suspensión de la pena hasta ver si se cumple el acuerdo de reparación. Podrían haber especificado esto, pero es que la noticia transmite al ciudadano que la mediación penal igual que otra clase de mediaciones, tiene como objetivo la agilización de los juzgados y esto es totalmente erróneo puesto que el objetivo de la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas o métodos de aplicarla es:

Hacer frente a los daños y necesidades de las víctimas
Ayudar a los infractores a hacerse responsables y hacer las cosas bien para con los dañados
Participación de todos los afectados