viernes, 17 de abril de 2015

Aprobado por fin el Estatuto de la Víctima

Ayer por fin se aprobó el Estatuto de la víctima, que viene a implementar la directiva del año 2012 en nuestro derecho español. Sin duda, para mi es un gran adelanto puesto que es una norma con claro enfoque restaurativo y se habla de Justicia Restaurativa ya de forma directa en España.
El articulado de la ley , no es quizá el mejor, puesto que todavía aunque se habla de justicia restaurativa, a veces la confunde con la mediación, pero sin lugar a dudas, la exposición de motivos es clara en lo que respecta a nuestra labor de asesoramiento en el tema de justicia restaurativa, pues ha recogido nuestra reclamación, y así  dice: 
"Finalmente, se incluye una referencia a la posible actuación de los servicios de justicia restaurativa. En este punto, el Estatuto supera las referencias tradicionales a la mediación entre víctima e infractor y subraya la desigualdad moral que existe entre ambos.
Por ello, la actuación de estos servicios se concibe orientada a la reparación material y moral de la víctima, y tiene como presupuesto el consentimiento libre e informado de la víctima y el previo reconocimiento de los hechos esenciales por parte del autor"
Ahora toca que muchos se empiecen a dar cuenta que la Justicia Restaurativa no se acaba con la mediación, y que este estatuto no habla de Justicia Restaurativa solo para delitos más leves, al contrario, lo articula como un derecho más de las víctimas, sin especificar que clase de víctimas.

Tampoco entiendo las reticencias de algún grupo parlamentario por el hecho de que se da la posibilidad a las víctimas de ser escuchadas, antes de la concesión de la libertad condicional de los infractores, también se la da una serie de derechos como el de ser escuchada e informada durante todo el proceso. ¿por qué se piensa que esto va a ser negativo y que las víctimas son muy punitivas? Claramente las víctimas tienen una serie de necesidades que no encuentran satisfacción al menos, hasta ahora no lo encontraban, en la Justicia tradicional penal, una de las más esenciales es ser escuchadas e informadas de la evolución de su caso, y por fin, esta norma va a hacerlas el centro de atención en consonancia con lo que establece la Justicia  Restaurativa, Puesto que esta Justicia Restaurativa habla de que surge por y para las victimas y para atender sus necesidades de una forma más adecuada, nadie mejor que ellas para saber que necesitan.
Llegados a este punto, espero que se materialice de la mejor forma este catalogo de derechos de las victimas y se posibilite que puedan acceder a los servicios de justicia restaurativa con independencia del lugar donde se cometió el delito. Para ello, estos servicios, como no puede ser de otra manera, deben ser públicos, gratuitos y ofrecidos por personas con dedicación exclusiva a ello, y que de verdad estén a disposición de las víctimas en cualquier momento.
También se hace urgente formar a operadores jurídicos en general sobre qué es esta justicia restaurativa para eliminar confusiones como que es un método alternativo de solución de pequeños delitos, que es igual que mediación etc....Largo camino, no, pero se necesita querer hacer realidad este Estatuto de las víctimas. 


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