sábado, 17 de enero de 2015

Pilares de la Justicia Restaurativa

Hoy voy a recordar los pilares fundamentales en los que debe descansar todo programa o proyecto con enfoque restaurativo, o al menos deberíamos tenerlos en cuenta:

Compensación: Puesto que ha habido un daño, lo primero es reparar o compensar este daño a las víctimas, cada una de ellas es diferente por eso cada víctima, aun cuando sean de un mismo delito, necesitará diferentes cosas para sentirse reparada. Para algunas será importante la reparación material, para otras será simplemente necesario contar su historia, otras necesitaran obtener respuestas ¿por qué a mí?...También se sentirán satisfechas si el infractor asume su responsabilidad y se compromete a una reparación simbólica que servirá para que las víctimas puedan sentir que este infractor no volverá a delinquir o por lo menos es menos probable. Esta reparación simbólica puede implicar un trabajo para la comunidad, demostrando el infractor, de esta manera, su compromiso de reintegración (el segundo pilar) y de que quiere ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante. También puede comprometerse a realizar actividades que impliquen su voluntad de ser una persona nueva, como por ejemplo se compromete a conseguir trabajo, no frecuentar lugares donde se venda alcohol o bien si es posible una reparación directa como puede ser devolver lo robado…Es definitiva, este pilar de compensación o reparación debe ser considerado en sentido amplio y no solo,por el aspecto material y económico

Reintegración. Reingreso de la persona en la vida de la comunidad, como un miembro productivo y esto se da cuando las personas dejan las prisiones y se convierten en ciudadanos de bien. Esto ocurre en mayor medida si el infractor asume su responsabilidad, se da cuenta del daño que ha causado y desea no volver a hacerlo. La justicia restaurativa favorece esta concienciación. La víctima también necesita despojarse del rol perpetuo de víctima y volver a la comunidad, el delito la ha generado unos daños físicos y emocionales que la puede haber hecho aislarse, deprimirse….por lo que es necesario ayudarla a superar el trauma y volver a la sociedad de la que se separó tras sufrir el delito. Tanto la víctima como el infractor pueden necesitar ayuda, se los debe tratar con dignidad, se les debe brindar asistencia moral, material, espiritual e incluso jurídica. La comunidad como víctima pero como agente colaborador con el Estado, está interesada en recuperar a víctima e infractor, porque así el grupo funcionará mejor.

Encuentro. La víctima y el infractor pueden encontrarse si lo consienten libremente, pueden tener una reunión o varias (generalmente se valorará la conveniencia o no de un encuentro cara a cara, si se desaconseja, el facilitador puede utilizar otros cauces como cartas o actuar de puente entre ambos, para conseguir no ya un acuerdo de reparación del daño, que es importante pero no lo esencial, lo relevante es conseguir este dialogo sanador y transformador que devuelva el poder suficiente a las víctimas para poder continuar con su vida)Si hay reuniones conjuntas, todo el mundo puede narrar lo que vio, se puede saber que pensaba el ofensor cuando cometió el delito, no solamente la parte legal, se analiza como salir del conflicto, hay mucha emoción en este encuentro conociendo la verdad de propia voz del infractor y de la víctima. Sin embargo, siendo la Justicia Restaurativa mucho más que mediación y encuentros cara a cara, si no podemos realizar este encuentro si podemos actuar de forma restaurativa inspirándonos en los principios y valores de esta Justicia Restaurativa, buscando también un "encuentro" más profundo, del infractor con su humanidad olvidada y de la víctima con el resto de la comunidad ( que sepa que es apoyada y comprendida)

Participación. El reconocimiento del daño es muy importante, se quiere que los ofensores hablen, lo mismo la víctima, deben participar para saber que están sintiendo. Esta es una necesidad de las víctimas que frecuentemente se ignora en el proceso tradicional penal, desean ser informadas de la evolución de su caso, y sobre todo tener “voz” poder participar e implicarse directamente en un hecho que la afecta tan directamente como es el delito sufrido. Esta participación es importante tanto en los encuentros cara a cara como los indirectos así como otras posibilidades que ofrece la justicia restaurativa, ya que también se puede trabajar con víctimas e infractores individualmente desde un punto de vista restaurativo. Tanto la participación de la víctima como del infractor, debe ser de forma activa, encaminada a darles el protagonismo que les corresponde en un hecho que les afecta tan directamente como es el delito.

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