viernes, 23 de enero de 2015

Más objetivos de la Justicia Restaurativa

Para finalizar con los objetivos de la Justicia Restaurativa hoy hablaremos de estos: 

Fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores.

Las prácticas restaurativas más inclusivas que favorece la participación de la comunidad son más restaurativas porque promueven una mayor curación de no solo los afectados directamente sino también de los indirectamente “tocados” por el delito

Buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del estado

El estado y la comunidad deben implicarse en la recuperación de la víctima y del infractor por cuanto son parte de la sociedad, y parte del sistema y su obligación será promover lo que sea necesario para la reintegración de ambos en la sociedad y como personas nuevas.
Buscar la reintegración de la víctima y el ofensor en la comunidad.

Uno de los fines de la pena son la rehabilitación y reinserción social, así lo dice nuestro artículo 25 de la Constitución Española, y nada mejor que fomentar esta reinserción a través de la responsabilización y la actitud activa que genera la justicia restaurativa. Será el infractor de forma voluntaria el que decidirá que el que hace algo mal, debe reparar el daño porque es algo natural, ético y moral. La consideración de la reparación será la de una prestación socialmente constructiva.

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