martes, 18 de marzo de 2014

Justicia Restaurativa-Justicia transformadora

En alguna ocasión he comentado que muchos piensan que Justicia Restaurativa no es el nombre correcto y que debiera ser reparadora o restauradora. Analizando bien, creo que en todo caso debiera llamarse justicia transformadora.¿por qué ?
Porque reparar el daño solo puede darse en determinados delitos, en los más graves especialmente si son con resultado de muerte es imposible reparación en sentido estricto. Además la forma de entender esta reparación para la justicia tradicional es puramente mercantilista,  es vista como el intento de armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra
Se tiende a valorar en dinero el daño causado a las víctimas pero realmente no aborda el daño completo y real porque el dolor causado a las víctimas, pocas veces se puede compensar con dinero.
La Justicia Restaurativa va más allá de la reparación material incluso de la moral, es una reparación transformadora no dejando a la víctima con una compensación sino ayudandola a que su vida, a pesar del delito sufrido, no se quede estancada y "afectada" por el delito. Que puedan llevar con dignidad el haber sido víctimas y el poder quitarse el estigma de víctima para pasar a ser superviviente.
De ahí,  que tampoco crea que sea una justicia restauradora porque seria tanto como dejar a la víctima de nuevo en el mismo riesgo potencial de convertirse en víctima. Se trata de mejorar, de superar y de fortalecer, no de volver atrás.
Por supuesto, que no es tan fácil como hacer borrón y cuenta nueva, ya que el delito genera sentimientos estresantes y un trauma que es distinto para cada víctima, no todas son afectadas de manera igual por el crimen. Por eso la justicia restaurativa implicará un camino diferente para cada una de ellas.

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