martes, 3 de diciembre de 2013

Reparación de la víctima y reintegración de infractor y víctima

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el delincuente. Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :

 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido )

Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía) En este sentido y como dice Braithwaite la Justicia Restaurativa puede ser un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más autentico de hacer las cosas necesarias para impedir que se produzca otro delito de este tipo en el futuro, gracias al grado de intimidad en la conversación que reune a los afectados por el delito. La Justicia Restaurativa debe llevar al remordimiento. Debe hacer que el infractor se averguence, pero será una vergüenza reintegrativa, se le reprocha su delito pero al mismo tiempo se le dice que si quiere cambiar y asumir su responsabilidad, se le va a ayudar y va a tener una segunda oportunidad, en definitiva, será mirado por lo bueno que pueda hacer desde ese momento en adelante y no por lo malo que hizo en el pasado.

Esta Justicia Restaurativa busca la humanidad tanto de la víctima como del infractor que pudieron perder con el delito y trata de que la recuperen en toda su amplitud. 

1 comentario:

  1. Involucrando a las comunidades en las necesidades, dentro delmarco jurídico privilegiado. El aporte que hace la justicia restaurativa,tiene que ver con la toma de modelo de las tradiciones antiguas de otras organizaciones, como la indígena y algunas de la época que existen, ya que es un problema social.Para que la víctima no siga ignorada en sus necesidades, como sucede en la justicia tradicional; uno de los principios de la Justicia resaturativa emitido por las Naciones Unidas.Ya que ¿cómo preparo a alguien para la libertad sino está en condiciones de estar en libertad? Los internos se desintegran, algunos y se descontextualizan; por ello el encuentro entre víctimas y victimarios,. para que el ofensor asuma la responsabilidad de su actuar y para que se desarrolle e integre a la sociedad; deben participar, las comunidades, la familia, los amigos quienes se pueden unir en círculos de sanación para interactuar en el objetivo buscado, que es empoderar a la víctima y que se logre la reparación, compensación, reponer, perjucio, restablecimiento y suplir las necesidades indemnizando por ello. La Corte interamericana ha mostrado una lista de reparaciones, involucrando la creatividad de los facilitadores, mediadores, para que se desarrolle, un factor reparador, antes, durante y despues. Durante el proceso o juicio, un proceso alternativo que lo haga más breve y sobre todo más humano.Este trabajo debe ser elaborado.

    ResponderEliminar