miércoles, 5 de junio de 2013

La Justicia Restaurativa busca el reconocimiento y responsabilización, no el perdón

Muchas veces he visto como se asocia Justicia Restaurativa con el hecho de pedir perdón y perdonar. Esto es una confusión muy habitual, tanto que algunas personas cuando se preparan para participar en un proceso restaurativo de mediación penal, me suelen preguntar ¿tengo que perdonarlo?. Yo siempre les digo que eso depende de ellas, que no están ahí para perdonar sino para dialogar, escuchar y contar su historia, si luego quieren perdonar o no, es cosa de ellos.
 
Sin embargo, a veces veo como se vende por algunos expertos y en prensa que con esta justicia se van a perdonar y  no irán a juicio. Corremos el riesgo con estas noticias erróneas de pensar que se va olvidar el delito y que además tratamos de ser blandos con los delincuentes. Por supuesto que ya he hablado, de que que en delitos graves ( con resultado de muerte o lesiones muy graves) ,no se evita el juicio, por eso hoy quiero centrarme en por qué el perdón, no es un objetivo. La pregunta para mi esencial es ¿qué repara más a la víctima un lo siento o un reconocimiento de hecho cometido y del daño?
Para contestar esta pregunta, me viene a la mente las discusiones que todos hemos tenido con hermanos, en las que venía nuestra madre y decía : pediros perdón, y nosotros todavía recelosos, lo hacíamos, eso sí pensando por dentro pues no, yo no he tenido la culpa.
 
Pues bien, a nadie puede escapar que fijar como objetivo el pedir perdón a la víctima puede llevar a que el infractor no lo haga por motivos sinceros o al menos de forma espontánea sino que piense que es lo que toca y lo haga obligado o motivado por querer conseguir algún beneficio penitenciario
La justicia restaurativa y sus encuentros víctima-infractor y /o comunidad tiene como fin que el infractor reconozca lo que ha hecho y vea que su acción ha causado daños a la víctima, así en lugar de pedir perdón, dirá esto lo hice yo, y sé que he hecho mal por eso quiero reparar el daño . Esto es una responsabilización por su conducta, que ayudará a buen seguro a su reinserción y a mitigar al menos moralmente el daño causado a la víctima y comunidad. Esto busca la Justicia Restaurativa, el reconocimiento de los hechos y su responsabilización. A diferencia de esta justicia reparadora,  la  tradicional, pone al infractor en una actitud pasiva y de negación del hecho, frecuentemente negará su acción, intentará justificarse o quitar importancia y todo ello a través de su abogado, sin responsabilizarse de ninguna de sus conductas. Puede al final del juicio, ser o no declarado culpable, pero aunque así fuera, si es declarado culpable pero no reconoce ni se responsabiliza por el delito, no habrá muchas esperanzas de que la reparación del daño lo haga voluntariamente y de que quiera no volver a delinquir.
Por eso el objetivo básico es el diálogo y la comunicación como paso para el reconocimiento de los hechos y la reparación del daño causado a la víctima cuando sea posible o quiera ser reparada, y sino la reparación a la sociedad, devolviéndola algo bueno por lo malo que hizo.
No obstante, durante el proceso restaurativo como mediación penal u otros, puede surgir y cuando menos se espera este perdón como un acto puramente espontáneo e inesperado.
 

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