lunes, 18 de marzo de 2024

Jornadas programas de justicia restaurativa. A propósito de la experiencia de Ave Fénix


 INTRODUCCIÓN

Durante los días 13 y 14 de marzo desde la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa se ha compartido la experiencia tras dos años realizando el programa Ave Fénix para víctimas de violencia sexual, de género y otros delitos de odio. Un programa que diseñé pero que gracias a mis compañeras facilitadoras se ha hecho realidad. Lo que hemos podido constatar estos años de programa es que la justicia restaurativa no es solo encuentros conjuntos y que se puede trabajar programas solo con un grupo de afectados. Estos programas no implican que se hagan entrevistas individuales con cada víctima afectada, no es terapia, ni impartimos un taller de formación a las víctimas. Simplemente usando los principios de la justicia restaurativa y tomando alguna metodología restaurativa como los círculos ofrecemos estos espacios restaurativos.

domingo, 17 de marzo de 2024

Reuniones preparatorias en justicia restaurativa


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Las reuniones preparatorias son esenciales en las prácticas restaurativas, al contrario de lo que muchas personas piensan las reuniones conjuntas solo se dan en última instancia y si todas las circunstancias son favorables.  Digamos que las reuniones preparatorias son más del 90 por ciento del éxito de una práctica restaurativa. Por supuesto, que las reuniones conjuntas son el ideal y nos gusta que las prácticas restaurativas sean perfectas, reuniones previas, reuniones conjuntas pero no vivimos en un mundo perfecto, a veces no se dan las condiciones, y es durante las reuniones preparatorias cuando vamos a ver qué enfoque restaurativo será el mejor para las partes 


viernes, 15 de marzo de 2024

¿Qué no es justicia restaurativa?


 (imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

La justicia restaurativa no es mediación, muchas personas no saben explicar la diferencia, y es muy sencillo en mediación partimos de un conflicto co construido, hay co responsabilidad en las partes que participan. En justicia restaurativa hay un daño que genera desequilibrio, no hay corresponsabilidad y precisamente la justicia restaurativa se usa para reequilibrar. Además no está hecha solo para delitos leves puesto que es mucho más beneficiosa para delitos de más gravedad y por supuesto no es un solo programa o una sola práctica. Para saber si estamos siendo restaurativos habrá que acudir a los principios de la justicia restaurativa. 

jueves, 14 de marzo de 2024

La justicia restaurativa no es un comodín para todos los casos. A propósito del borrador del informe de la Comisión de Venecia

 


INTRODUCCIÓN

La Comisión de Venecia es un órgano consultivo del Consejo de Europa, formado por expertos independientes en el campo del derecho constitucional. Fue creada en 1990 tras la caída del muro de Berlín. Hace unos días esta Comisión dio a conocer un primer borrador sobre la ley de amnistía. Más allá de la apropiación de los resultados de este borrador  por unos y otros políticos a favor y en contra de la amnistía, me gustaría analizar un párrafo de este borrador en el que se dice:” La Comisión anima a todas las autoridades españolas a que se tomen el tiempo necesario para entablar un diálogo significativo en un espíritu de cooperación leal entre las instituciones estatales, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política, y a considerar la posibilidad de explorar procedimientos de justicia restaurativa”

ACERCA DE CÓMO SE PIENSA QUE HABLAR DE JUSTICIA RESTAURATIVA REFUERZA MÁS EL DISCURSO

Esta referencia a la justicia restaurativa me sorprendió puesto que pensaba que a nivel internacional o si se quiere europeo se tenía claro que es y para qué sirve . Sin embargo, parece que los errores y el mal uso de la justicia restaurativa no es patrimonio exclusivo de España. Agradezco que los políticos en España no hayan hecho referencia a este apartado del borrador, entiendo que quizá en estos momentos esto no es lo interesante sino que lo que más importante es sacar adelante la ley de amnistía,  basándose en el supuesto aval de este borrador del informe de la comisión de Venecia. Sin embargo, no podía dejar pasar esta referencia porque puede  que las personas que si lo hayan leído piensen que sería aplicable la justicia restaurativa.

Continuar leyendo: https://www.lawandtrends.com/noticias/penal/la-justicia-restaurativa-no-es-un-comodin-para-todos-los-casos-a-proposito-del-borrador-del-informe-de-la-comision-de-1.html#gsc.tab=0

miércoles, 13 de marzo de 2024

La justicia tradicional y transicional siempre deberían tener enfoque restaurativo

 


PARADIGMA RESTAURATIVO Y RETRIBUTIVO

El sistema tradicional de justicia, genera una no responsabilización del infractor, se le concede  un abogado y se le da todas las herramientas necesarias para negar lo que ha pasado o justificar su conducta. Pero es que además, no crea incentivos para que se responsabilice de su conducta, tan solo lo harán, si con esto pueden conseguir beneficios jurídicos como ocurre en España con las sentencias de conformidad pero aún en este caso todo gira en torno a la vergüenza y al castigo, como forma de evitar que vuelvan a cometer el delito. El sistema tradicional puede llegar incluso a fomentar el círculo de más vergüenza y más violencia, ya que el infractor al sentirse señalado, no querrá reconocer lo que pasó para no sentir vergüenza y esto puede conllevar  más violencia, porque también se pueden llegar a sentir víctimas del sistema legal. Es un sistema que polariza ( Zehr) la sociedad, y se centra en acusación, confesión y castigo. Mientras que la Justicia Restaurativa ofrece un paradigma más efectivo, se basa en opciones que no se centran en la vergüenza y el castigo, sino en aspectos más constructivos, existe una denuncia, una invitación a reconsiderar lo que ha sucedido, el remordimiento para que el infractor se de cuenta que el delito no pasó simplemente, sino que él/ella provocó que pasara y un querer de forma voluntaria reparar el daño que ha causado con el delito. 

martes, 12 de marzo de 2024

Los delitos de odio, el sistema penal y penitenciario y la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

“La Policía Nacional ha detenido este domingo a un joven burgalés de 23 años como supuesto autor de la muerte de un joven vallisoletano de 32 años, que estaba en la madrugada del sábado celebrando una despedida de soltero en la Plaza Huerto del Rey (más conocida como plaza de la Flora) de Burgos capital, y cuyo posible desencadenante pudo ser precisamente que la víctima era de Valladolid”. Hace unos días nos levantamos en Burgos con este titular que vinculaba la muerte de este chico con un delito de odio porque afirmaban que se produjo precisamente por ser este chico de Valladolid. 

Antes de entrar a valorar cómo se puede prevenir y gestionar los delitos de odio, es interesante hacer una breve reflexión sobre qué son estos delitos. De esta manera, según la Osce , un delito de odio es  un “ acto delictivo motivado por  el prejuicio  hacia un grupo  particular de personas”; por eso tienen  que reunir dos requisitos: (I) que el acto constituya un delito bajo el derecho penal; y que (II) el acto esté motivado por este prejuicio.

Los delitos de odio tienen que ver con el principio de igualdad y no discriminación reconocido en el art. 14 de nuestro texto constitucional , según el cual «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social»

Esta correlación de los delitos de odio con el principio de igualdad ante la ley y no discriminación nos recuerda que todas las personas somos dignas de respeto y consideración. Por tanto, otro aspecto importante de estos delitos sería la dignidad como inherente a todos los seres humanos.  Entendiendo entonces que los delitos de odio suponen un atentado al respeto y consideración que todos merecemos como seres humanos, vamos a ver qué tiene que decir el código penal, que podemos hacer desde el punto de vista jurídico y  que deberíamos hacer para que lo jurídico no se quede corto a la hora de prevenir la reiteración de estas conductas delictivas.  Continuar leyendo en lawandtrends: https://www.lawandtrends.eu/noticias/penal/los-delitos-de-odio-el-sistema-penal-y-penitenciario-y-la-justicia-restaurativa-1.html#gsc.tab=0

lunes, 11 de marzo de 2024

Por una justicia restaurativa que sea transformadora


 MÁS QUE RESTAURACIÓN TRANSFORMACIÓN

En ocasiones, he hablado de por qué la Justicia Restaurativa debe significar algo más que restauración de las personas a una situación anterior al delito, comenté esto desde el punto de vista del infractor y hoy quería hablar por qué para las víctimas, más que restaurar a una situación anterior, sería esencial una transformación de su situación. Es viable esta restauración al momento anterior a sufrir el delito? Resulta del todo muy complicada esta restauración tanto material como moral y psicológica. Si pensamos por ejemplo, en un delito con resultado de muerte, una de dos; o prohibimos la justicia restaurativa o debemos afirmar con rotundidad que es imposible hablar de restaurar o ni tan siquiera reparar materialmente, porque la pérdida de un ser querido, es irremplazable e irreparable. Realmente la Justicia Restaurativa es más eficaz en estos delitos más graves y no podemos descartarla, sobre todo porque se revela como una gran ayuda para las víctimas, con lo que está claro que el objetivo no será la restauración o reparación. El fin será la resignificación, y la ayuda para conseguir cicatrizar las heridas que el delito las ha dejado. Devolverlas a una situación anterior resulta del todo complicado no solo porque materialmente sea imposible, sino porque el hecho delictivo ha provocado un daño, ha dejado una huella latente en la historia vital de las víctimas, que para bien o para mal, supone un cambio. La justicia restaurativa precisamente ayuda a encontrar un sentido diferente a todo lo vivido, que las permita continuar con su vida.

domingo, 10 de marzo de 2024

Las intervenciones restaurativas

 INTRODUCCIÓN


Cuando pensamos que un infractor,  merece ir a prisión en nuestra mente concebimos este lugar como un sitio terrible, donde el hecho de ir allí es en sí mismo un castigo. Incluso por la mente de muchos de nosotros pasan imágenes como “mazmorra” para los delincuentes que más reproche y alarma social causan, en un intento por otro lado, lógico y humano, de apaciguar o mitigar el dolor y la indignación que la delincuencia crea no solo en las víctimas sino también en la sociedad. Tampoco podemos negar que muchos pensamos ante delitos muy graves y terribles ,que estos criminales merecen la muerte y además si alguien hiciera algo malo a nuestros seres queridos ¿Quién no ha pensado o ha dicho alguna vez que lo mataría con “mis propias manos”?. Pero está claro que si la vida nos pusiera en este dilema pocos nos atreveríamos a atravesar este umbral y ponernos al mismo nivel que los victimarios. Estos sentimientos de ira, impunidad, de que sale “barato” delinquir es porque realmente no encontramos ninguna otra forma de canalizar estos sentimientos, ni nadie nos ayuda a transformar los sentimientos negativos por otro lado normales, en todos los seres humanos,  en otros constructivos y que sirvan para “curar” nuestra herida de la indignación  y la rabia

viernes, 8 de marzo de 2024

Efectos positivos de la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa es una teoría para abordar el delito que involucra a todas las partes afectadas (es decir, la víctima (s), infractores, la comunidad) con el objetivo de facilitar la cicatrización o más bien sanación y tratar de reparar el daño causado por el delito. Las investigaciones sobre la Justicia Restaurativa han encontrado muchos beneficios positivos, como los altos niveles de satisfacción de los participantes, disminuyendo el miedo de las víctimas, y la reducción de la reincidencia de los delincuentes. La investigación también ha sugerido que los procesos de justicia restaurativa pueden tener un impacto positivo en el bienestar general de un participante.

Los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y aunque no tengamos formación en psicología vemos que los participantes "se sienten mejor" después de un proceso de justicia restaurativa, pero ¿Qué significa esto exactamente? A pesar de las referencias que se mejora el bienestar de los participantes, pocos estudios examinan específicamente el impacto de estos procesos en la salud psicológica y física de los participantes, a través de indicadores específicos.

jueves, 7 de marzo de 2024

Duros con el delito y blandos con la persona que hay detrás

 


LA JUSTICIA RESTAURATIVA ATIENDE A TODOS LOS AFECTADOS POR EL DELITO

Siempre he comentado, que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, para superar el olvido de la Justicia Penal tradicional y para devolverlas el protagonismo que las corresponde, en un hecho que las afecta tan directamente como es el delito. Cierto es que si el delito es una violación de las relaciones de las personas que causa daños, toma prioridad, la atención a estos daños que sufren las personas afectadas: las víctimas. Pero también el delito daña a las personas ofensoras. Por eso,  es cierto que suelo comentar que en un círculo de beneficios ayudando a las víctimas, se ayuda al infractor, pero quizá mi postura siempre ha tendido al apoyo de la víctima, sin duda esto no es malo pero no se puede olvidar al infractor. Porque el delito daña a la víctima, a la comunidad pero también afecta al infractor. La Justicia Restaurativa tiene que atender las necesidades del infractor, para poder ayudarlo a reconectar con la comunidad. Esto no es justificar al infractor o minimizar el daño que ha causado con el delito, al contrario, esto trata de atender sus necesidades como paso para recuperarlos como personas productivas. Hay que atender al infractor, no encerrarlo y tirar la llave porque entonces lo único que estamos haciendo es reafirmarlos como delincuentes, sin posibilidad de reinserción. ¿A qué me refiero? Cuando no tratamos como seres humanos, a las personas que han cometido un delito, al final, ellos mismos se autoconvencen de que no merece la pena, cambiar. No les damos herramientas para que encuentren un significado diferente a su historia.